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Diario de Valdemoro

Opinión

Mínimos sin trenes

Los servicios mínimos no protegieron a Valdemoro: la C-3 de Renfe quedó sin servicio durante la huelga del 29 de octubre. El Ministerio de Transportes había fijado un 75% de circulaciones en las franjas de mayor demanda y un 50% el resto del día. Frente a una línea sin trenes, esos porcentajes no fueron una garantía, sino papel.

Redacción de Diario de ValdemoroEditorial · Elaborado con IA
Publicado aquí
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(Cercanías recupera la normalidad tras una huelga que dejó sin servicio la C-3)
Ilustración del editorial «Mínimos sin trenes»
Imagen ilustrativa generada con IA

El derecho de huelga merece protección; el usuario, también. No hay que debilitar uno para exigir que el otro cuente. Unos mínimos sirven para mantener un servicio efectivo, no para dar por cumplida una obligación con su publicación. El viajero no es una herramienta de negociación. Quien debe desplazarse para trabajar, estudiar o cuidar no tiene por qué quedar reducido a daño colateral de un conflicto ajeno. Sus necesidades no desaparecen porque la Administración haya escrito cuánto debía circular.

Cercanías recomendó utilizar medios alternativos. Recomendar no es transportar: es dejar al pasajero la búsqueda de una salida y, cuando cuesta más, también la diferencia. Para quien no tiene coche o no puede reorganizar su jornada, esa supuesta elección puede ser una fórmula vacía. Una alternativa que no puedes usar no es alternativa. El coste de la interrupción no termina en la cuenta de la operadora: puede pagarse con tiempo y dinero del viajero. Trasladar el problema no equivale a resolverlo.

El Ministerio responde por la utilidad de la protección que establece; Renfe, por la prestación del servicio. Son responsabilidades distintas, no refugios donde disolverlas. Publicar una resolución no equivale a hacerla efectiva; comunicar una suspensión tampoco resuelve sus consecuencias. La gestión pública se mide por lo que funciona. Exigir cuentas por una línea paralizada no supone dictar una sentencia ni atribuir infracciones sin acreditarlas. Supone rechazar que el trámite sustituya al resultado que debía proteger al ciudadano. La responsabilidad política no puede quedar suspendida hasta que se determine si hubo alguna infracción.

Una Administración eficaz tiene aquí una obligación concreta: compatibilizar derechos y sostener un servicio esencial. No hace falta reclamar un Estado más grande para exigirle que cumpla donde resulta imprescindible. La titularidad pública no da derecho a la indulgencia, como la privada no permitiría desentenderse del viajero. Tampoco cabe responder por reflejo con más gasto o exigir paciencia por lealtad ideológica. El transporte público debe ampliar la libertad de los ciudadanos, no obligarlos a organizar su vida alrededor de su incertidumbre. Esa libertad exige poder desplazarse, no disponer de un porcentaje en una resolución.

Un mínimo que no circula no garantiza nada.

Redacción de Diario de ValdemoroEditorial · Elaborado con IA
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