España
El Defensor del Pueblo pide al Constitucional levantar la suspensión del voto por la ‘ley de nietos’
Ángel Gabilondo ha presentado este 16 de octubre un recurso de amparo para que los afectados por la suspensión acordada por el Tribunal Supremo puedan votar en las elecciones generales del 29 de noviembre. Solicita una intervención inmediata del Tribunal Constitucional mediante medidas cautelarísimas.
Redacción automática · Diario de Valdemoro
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- (El Mundo · Portada)

El Defensor del Pueblo ha recurrido después de recibir peticiones de particulares y entidades y de analizar la resolución con la que el Supremo confirmó la suspensión el pasado 12 de octubre. La solicitud busca que el Constitucional se pronuncie sobre la restricción del derecho al voto de españoles nacionalizados mediante la denominada ley de nietos, vinculada a la Ley de Memoria Democrática.
La petición de medidas cautelarísimas pretende que el tribunal levante la suspensión sin recabar antes la posición de las partes, según explica El Mundo. Este medio señala que la Abogacía del Estado había concluido que no podía presentar su propio recurso de amparo. El Defensor del Pueblo, en cambio, está legitimado para acudir directamente al Constitucional sin agotar previamente la vía del Supremo.
El conflicto se centra en la diferencia entre los requisitos de la ley y la instrucción que desarrolló su aplicación. Según El Mundo, el Supremo cuestiona que esa instrucción permita considerar exiliadas a todas las personas que salieron de España entre 1936 y 1955. La Cadena SER concreta que la presunción abarca las salidas entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955, y cifra en 163.000 los nacionalizados afectados por la suspensión.
La medida no impide votar a todos los beneficiarios de la ley. El Mundo recoge que quedan fuera quienes acrediten su descendencia de personas exiliadas por motivos políticos, ideológicos, de creencias, orientación o identidad sexual. La Vanguardia añade que, para participar en estos comicios, debían estar inscritos en el censo antes del 1 de agosto, fecha de su cierre.
El Supremo mantuvo la cautelar al rechazar el recurso de la Abogacía del Estado. Según La Vanguardia, el procedimiento comenzó con recursos de Iusticia Europa y Vox. El Mundo recoge que el tribunal fundamentó su decisión en la necesidad de garantizar la exactitud y transparencia del Censo Electoral de Residentes Ausentes. La SER destaca, por su parte, que la suspensión se acordó sin haber dado audiencia a los afectados.
El recurso traslada ahora al Constitucional la petición de restablecer el voto antes de las generales. El Supremo también abrió la posibilidad de que los afectados se personen en el procedimiento y presenten alegaciones, según El Mundo. La solicitud de Gabilondo busca una respuesta inmediata ante los plazos del proceso electoral.
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