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Diario de Valdemoro

España

El subsidio por cotización insuficiente alcanza los 570 euros mensuales durante los primeros 180 días

La ayuda está dirigida a quienes pierden su empleo de forma involuntaria, han cotizado al menos 90 días y no tienen derecho a la prestación contributiva. Su duración depende de las cotizaciones acumuladas y de las responsabilidades familiares, con un máximo de 21 meses en los supuestos previstos.

Redacción automática · Diario de Valdemoro

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(COPE · Noticias)
Imagen ilustrativa: Interior de una oficina de empleo con mostradores de atención y una zona de espera sin personas reconocibles
Imagen ilustrativa generada con IA

El subsidio por cotización insuficiente permite acceder a una ayuda económica sin haber alcanzado el periodo necesario para cobrar la prestación contributiva por desempleo. Según la información del SEPE recogida por COPE, esta última exige al menos 360 días cotizados por desempleo dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo. El subsidio contempla a trabajadores con al menos 90 días cotizados, siempre que reúnan los demás requisitos.

La cuantía se calcula sobre el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Con una referencia mensual de 600 euros, corresponde cobrar 570 euros durante los primeros 180 días, equivalentes al 95% del indicador. Si la ayuda continúa, baja a 540 euros entre los días 181 y 360 y a 480 euros desde el día 361. Por tanto, los 570 euros no se mantienen durante todo el periodo en los subsidios de mayor duración.

Para acceder es necesario haber cesado involuntariamente en el último empleo y encontrarse en desempleo total o mantener un trabajo a tiempo parcial con una jornada inferior a la completa. También se exige no tener derecho a la prestación contributiva y suscribir el acuerdo de actividad, que implica buscar empleo y aceptar una colocación adecuada.

Entre las condiciones figuran acreditar la carencia de rentas propias y, cuando corresponda, las responsabilidades familiares. Estas circunstancias deben mantenerse al solicitar la ayuda y durante sus posibles prórrogas o reanudaciones. La persona solicitante tiene que presentar una declaración responsable con los ingresos del mes anterior, tanto propios como de los demás integrantes de la unidad familiar.

La solicitud debe registrarse dentro de los seis meses siguientes al hecho causante; incumplir ese plazo supone la denegación de la ayuda. Además, es obligatorio estar inscrito como demandante de empleo cuando se resuelva la petición. Los pagos se efectúan por mensualidades de 30 días y se ingresan en la cuenta del titular entre los días 10 y 15 del mes siguiente.

Sin responsabilidades familiares, la duración oscila entre tres y seis meses, según las cotizaciones acumuladas entre 90 y 180 días. Con responsabilidades familiares puede alcanzar los 21 meses. Quienes accedan con seis o más meses cotizados y sin cargas familiares pueden solicitar una ampliación hasta ese máximo si acreditan haber adquirido dichas responsabilidades dentro de los doce meses posteriores a la situación legal de desempleo.

La información se conoce en un contexto de aumento del paro en el tercer trimestre de 2026. Según los datos de la EPA del INE recogidos por COPE, el desempleo creció en 95.900 personas y la tasa se situó en el 10,18%. Al mismo tiempo, la ocupación aumentó en 73.600 personas, hasta alcanzar los 22.852.600 trabajadores.

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