Saltar al contenido
Diario de Valdemoro

España

Hacienda plantea retrasar Verifactu a octubre de 2028 para coordinarlo con la factura electrónica

Hacienda ha anunciado su intención de aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes de Verifactu, según informa COPE. El cambio está pendiente de confirmación normativa y busca evitar que empresas y autónomos tengan que adaptar sus programas de facturación en varias fases.

Redacción automática · Diario de Valdemoro

Publicado aquí
Fecha de la fuente
(COPE · Noticias)
Imagen ilustrativa: Mesa de oficina con un ordenador que muestra una interfaz genérica de facturación y una calculadora, sin datos personales visibles
Imagen ilustrativa generada con IA

El calendario que se pretende modificar fijaba el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de ese año para el resto. La propuesta de retraso busca coordinar la implantación del sistema de registros de facturación con la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales. COPE recoge estas novedades en una intervención del graduado social Benjamín Beltrán en su programación de Castellón.

El aplazamiento anunciado no supone eliminar los requisitos previstos para los programas. Se mantienen las exigencias de integridad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, a la espera de que el nuevo calendario quede confirmado en la norma correspondiente. Por tanto, la intención comunicada por Hacienda y la aprobación normativa del cambio son dos pasos distintos.

En paralelo, la Orden 1028/2026, de 2 de octubre, del Ministerio de Hacienda, en vigor desde el 6 de octubre de 2026, completa el desarrollo técnico de las soluciones públicas para la factura electrónica, según la información de COPE. El calendario establece que las empresas con más de ocho millones de euros de volumen de operaciones deberán adaptarse antes del 6 de octubre de 2027. Para el resto de empresarios y profesionales, la fecha límite será el 6 de octubre de 2028.

El 6 de octubre de 2029 queda previsto para determinadas personas físicas, contribuyentes en módulos y entidades en atribución de rentas que no superen ese umbral. El volumen de operaciones que determina los plazos corresponde al ejercicio anterior y se calcula mediante el modelo 303 del IVA, no únicamente con la cifra de negocios contable.

La factura electrónica requerirá formatos estructurados que permitan su lectura y tratamiento automático: un archivo PDF por sí solo no será suficiente. El sistema también permitirá conocer si cada factura ha sido aceptada, rechazada o pagada. Podrán utilizarse la solución pública de la Agencia Tributaria o plataformas privadas interoperables que remitan una copia fiel al registro público.

Son dos obligaciones diferentes: Verifactu regula la inalterabilidad del programa de facturación, mientras que la factura electrónica establece cómo se emiten y gestionan las facturas entre profesionales. Para las empresas y autónomos afectados, los requisitos técnicos incluyen la interoperabilidad, la comunicación del estado de los documentos y la conexión con el sistema público.

¿Te ha interesado? CompárteloWhatsApp

Fuentes

Comentarios (0)

Los comentarios de esta noticia ya están cerrados. Se abren durante 7 días desde la publicación.

Cómo se elaboró esta pieza

Pieza redactada automáticamente por IA a partir de la fuente enlazada.

No ha sido revisada por una persona. Más sobre nuestro método

¿Has visto un error? Comunícanoslo