Comunidad de Madrid
La Asamblea aprueba la Ley de Defensa del Contribuyente y amplía la regulación de los alojamientos turísticos
La Asamblea de Madrid aprobó el 22 de octubre dos leyes que modifican la atención tributaria regional y la ordenación del turismo. La Comunidad anuncia un plazo de respuesta de tres meses para la Administración en la nueva norma de defensa del contribuyente.
Redacción automática · Diario de Valdemoro
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- (ABC · Madrid)

Las dos iniciativas salieron adelante con los votos del PP y Vox y el rechazo de los grupos de izquierda, según ABC. Con ellas, la Asamblea suma 32 leyes aprobadas en esta legislatura. Los cambios afectan, por un lado, a quienes realizan trámites relacionados con los impuestos gestionados por la Comunidad de Madrid y, por otro, a los viajeros y las empresas de alojamiento turístico.
La Ley de Defensa del Contribuyente se aplicará exclusivamente a los tributos cedidos por el Estado cuya gestión corresponde a la Administración regional. Entre ellos están Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Sucesiones y Donaciones, Patrimonio y los tributos sobre el juego. La norma busca simplificar las gestiones fiscales y establece una atención gratuita, confidencial y adaptada a las circunstancias de cada ciudadano, con medidas de accesibilidad para personas mayores y personas con discapacidad.
Una de sus novedades es la creación de la Oficina de Defensa del Contribuyente, que sustituirá al anterior Defensor del Contribuyente. Este órgano tramitará quejas y sugerencias por retrasos indebidos, problemas electrónicos o deficiencias en el trato. También se prevé una carpeta tributaria individualizada desde la que cada ciudadano podrá consultar su información fiscal y seguir sus expedientes en tiempo real, junto con formularios y comunicaciones de lenguaje más sencillo.
La Comunidad de Madrid destaca, en su anuncio de la aprobación, que la ley obliga a la Administración a responder a los madrileños en tres meses. El nuevo modelo de asistencia y los mecanismos de seguimiento se enmarcan en la incorporación del principio de buena administración a la actuación tributaria regional.
La segunda ley modifica la Ordenación del Turismo para reconocer modalidades de alojamiento como las hosterías, conocidas como hostels, y las áreas de acogida y pernocta de autocaravanas, vehículos cámper y similares. La reforma amplía los derechos y deberes de los usuarios y las obligaciones y garantías exigidas a las empresas y establecimientos turísticos.
El texto turístico incorpora además un artículo sobre seguros y otras coberturas, recoge expresamente la libertad de precios y actualiza las reglas de acceso y permanencia en los alojamientos. También revisa el régimen sancionador para adaptarlo, entre otras normas, a la Ley de Defensa de Consumidores y Usuarios. Así, los cambios abarcan tanto las modalidades de hospedaje reconocidas como las condiciones de funcionamiento y control de estos negocios.
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