Comunidad de Madrid
La Hacienda madrileña tendrá tres meses para responder a las peticiones de los contribuyentes
La Asamblea de Madrid aprobó el 22 de octubre la Ley de Defensa del Contribuyente, que fija un plazo máximo de tres meses para contestar las peticiones de los ciudadanos. La norma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
Redacción automática · Diario de Valdemoro
- Publicado aquí
- Fecha de la fuente
- (Comunidad de Madrid | (vía Google News · Comunidad de Madrid))

La ley salió adelante con los votos favorables de PP y Vox, según Servimedia. Su ámbito son los impuestos cedidos a la Comunidad de Madrid: Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Sucesiones y Donaciones, Patrimonio y Tributos sobre el Juego. Los cambios regulan la relación de los contribuyentes con la Hacienda autonómica en la gestión de estos tributos.
Según la información difundida por el Gobierno regional, la Administración deberá responder por escrito y de forma vinculante a las consultas tributarias. También elaborará gratuitamente la autoliquidación a quienes lo soliciten y les prestará asistencia para presentarla y efectuar el pago. La norma incorpora los principios de buena fe y buena administración, junto con una atención confidencial, gratuita y adaptada a las necesidades de cada usuario.
Una de las novedades es la creación de la Oficina de Defensa del Contribuyente, que reemplazará al actual Defensor del Contribuyente y contará con más medios técnicos. Este organismo tramitará quejas relacionadas con demoras indebidas, problemas en los servicios electrónicos o un trato inadecuado. En esos procedimientos, el órgano al que afecte la queja dispondrá de 15 días hábiles para responder.
La consulta de los expedientes podrá hacerse sin solicitar cita mediante la Oficina Virtual Tributaria. Además, una carpeta tributaria individual permitirá seguir en tiempo real el estado de las gestiones. Estas herramientas se combinarán con la garantía de atención presencial gratuita, que incluye una referencia expresa a las personas mayores, con discapacidad o en riesgo de exclusión.
La ley también exige que las comunicaciones utilicen un lenguaje claro y que los formularios se revisen periódicamente para facilitar su comprensión. Las obligaciones de atención y asistencia abarcan así tanto los canales digitales como los presenciales, sin limitar el servicio a la tramitación electrónica.
El texto añade dos medidas de cortesía institucional: la Administración deberá disculparse cuando una sentencia firme determine que ha vulnerado un derecho del contribuyente y agradecerá su colaboración cuando una inspección concluya sin regularización ni sanción. La aplicación de estas medidas, como la del resto de la norma, queda vinculada a su entrada en vigor tras la publicación en el BOCM.
Fuentes
Comentarios (0)
Los comentarios de esta noticia ya están cerrados. Se abren durante 7 días desde la publicación.
Cómo se elaboró esta pieza
Pieza redactada automáticamente por IA a partir de 3 fuentes enlazadas. Tema sensible: publicada en fase de pruebas sin revisión previa.
No ha sido revisada por una persona. Más sobre nuestro método
