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Diario de Valdemoro

España

La Junta Electoral autoriza identificarse con MiDNI para votar el 29 de noviembre

La Junta Electoral Central ha levantado este jueves, 5 de noviembre, la suspensión del uso de MiDNI para identificarse ante las mesas electorales. Los votantes podrán utilizar un código QR temporal de la aplicación, que deberá verificarse con los dispositivos disponibles en las mesas; MiDGT seguirá sin estar autorizado.

Redacción automática · Diario de Valdemoro

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(El Español · Portada)
Imagen ilustrativa: Detalle de un teléfono móvil junto a un dispositivo con cámara sobre una mesa, en un entorno administrativo neutro, con pantallas sin texto ni datos personales y sin personas.
Imagen ilustrativa generada con IA

La decisión permite utilizar el DNI digital en las elecciones generales del próximo 29 de noviembre. Según recogen elDiario.es y La Vanguardia, la Junta Electoral Central (JEC) ha dado su autorización después de que el Ministerio del Interior confirmara que las mesas dispondrán de equipos para comprobar la identidad de los electores mediante el verificador de la web oficial de MiDNI.

El procedimiento requiere generar un código QR temporal en la aplicación y abrirlo delante de la mesa electoral. Sus miembros podrán comprobarlo con un dispositivo equipado con cámara y navegador. La autorización se refiere a esta identificación presencial: no consiste en emitir el voto desde el teléfono. El DNI físico continúa siendo válido, por lo que el uso de la aplicación no lo sustituye ni obliga a los electores a optar por el formato digital.

El acuerdo llega después del encargo del Gobierno a Correos para distribuir los lectores en las 61.033 mesas electorales de España. Según informó El Español el 4 de noviembre, la Orden PJC/1129/2026, publicada el 29 de octubre, atribuye al operador postal la entrega y recogida de los dispositivos y establece un sistema de trazabilidad. Cuando se publicó aquella información, la suspensión todavía seguía vigente.

El Español también recogió una denuncia del PP, fechada el 30 de octubre, en la que la formación reclamaba que la JEC examinara los equipos y el procedimiento antes de autorizar de nuevo MiDNI. El partido sostenía que la orden ministerial no bastaba para levantar la suspensión y pedía información técnica y la posibilidad de presentar alegaciones. La resolución del 5 de noviembre supone el pronunciamiento posterior del organismo electoral sobre las garantías del sistema.

Las informaciones discrepan sobre la fecha del antecedente: elDiario.es y El Español sitúan la suspensión de MiDNI y MiDGT en el 26 de marzo, mientras que La Vanguardia señala el 18 de septiembre. Ambos medios que informan de la nueva resolución coinciden en que la autorización permite utilizar MiDNI, pero no el carné de conducir digital.

Para quienes elijan identificarse con el móvil, la comprobación del QR ante la mesa será el paso necesario. Mostrar MiDGT no servirá para acreditarse en estos comicios: el levantamiento de la suspensión afecta exclusivamente a MiDNI.

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