España
Las empleadas del hogar sin autorización de residencia también tienen derechos laborales, recuerda el abogado Víctor Arpa
El abogado laboralista Víctor Arpa explica, en una información publicada por La Razón, que la situación administrativa irregular no elimina el derecho al salario mínimo correspondiente a la jornada, las vacaciones pagadas ni los descansos. También sostiene que reclamar cantidades impagadas por la vía laboral no perjudica una futura regularización.
Redacción automática · Diario de Valdemoro
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- (La Razón · Portada)

La explicación del letrado se centra en las garantías de quienes trabajan en España sin contar con autorización administrativa, con especial atención al empleo del hogar. Según recoge La Razón, Arpa rechaza que esa circunstancia permita al empleador dejar de respetar las condiciones laborales que corresponden a la persona contratada. Su exposición aborda tanto la remuneración como el tiempo de trabajo y la posibilidad de acudir a los tribunales.
En materia salarial, el abogado señala que el mínimo que debe percibirse depende de la jornada realizada. La información sitúa en 1.424 euros mensuales la retribución mínima para quienes trabajan a tiempo completo en el sector del hogar. Arpa también menciona el derecho al abono de las pagas extraordinarias y cita julio y diciembre como los meses en los que tradicionalmente se pagan.
Las vacaciones constituyen otra de las garantías que destaca el especialista: al menos treinta días naturales retribuidos por cada año trabajado. A ello añade la existencia de límites de jornada y descansos. En concreto, sitúa el máximo de trabajo ordinario en cuarenta horas semanales y rechaza que pueda exigirse una disponibilidad de trabajo sin esos límites.
La otra cuestión que aborda es el temor a que una reclamación judicial tenga consecuencias sobre la situación administrativa del trabajador. Arpa describe esta vía como una reclamación laboral destinada a pedir las cantidades o los derechos que no se hayan respetado, también cuando se produce un despido.
Según sostiene el abogado en La Razón, presentar esa reclamación no constituye un delito, no genera antecedentes penales y no afecta a una posterior regularización. El especialista señala además que existen despachos que trabajan a éxito en España para reclamar cantidades pendientes. La vía que expone es, por tanto, la reclamación laboral de lo que corresponda por el trabajo realizado, con independencia de la falta de autorización administrativa.
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