España
Los anuncios de alquiler deberán incluir el precio de referencia en las zonas tensionadas
Los anuncios de viviendas en alquiler situadas en zonas tensionadas tendrán que mostrar el índice de referencia del Gobierno. La obligación forma parte del decreto de vivienda publicado en el BOE el 7 de octubre, según informa 20minutos, que entrará en vigor el jueves 8.
Redacción automática · Diario de Valdemoro
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- (20minutos · Portada)

El Consejo de Ministros ha vuelto a aprobar dos decretos de vivienda tras su rechazo en el Congreso. El primero incorpora cambios en la información de los anuncios, la financiación para comprar una primera vivienda y las restricciones a determinadas compras de inmuebles. También recoge la prórroga extraordinaria de los contratos de alquiler y la suspensión de desahucios. El segundo, que regula los alquileres indefinidos, fija su entrada en vigor para el 15 de noviembre y, según 20minutos, no dispone actualmente de apoyos suficientes para su convalidación parlamentaria.
La obligación de mostrar el índice de referencia afecta únicamente a las viviendas ubicadas en zonas declaradas tensionadas. Este sistema ofrece un rango de precios según la localización y las características del inmueble: es orientativo en la mayor parte de España, pero limita determinados alquileres en esas zonas. Para los pequeños propietarios, el límite se establece sobre el último contrato y también deberá figurar en el anuncio. Cataluña, País Vasco, Navarra, Asturias y Galicia son las comunidades que cuentan con municipios declarados tensionados.
En todos los casos, los anuncios deberán indicar el código identificativo de la vivienda y si el propietario es un gran tenedor. Según la información publicada, esta condición corresponde a quienes poseen más de diez inmuebles, o más de cinco en las comunidades que hayan endurecido el requisito. La obligación general de aportar estos datos se distingue de la exigencia de publicar el precio de referencia, limitada a las zonas tensionadas.
El decreto incorpora un crédito extraordinario de 10.000 millones de euros para la línea de préstamos TU CASA del ICO. Está dirigida a compradores de primera vivienda con un perfil solvente, pero sin ahorros suficientes para la entrada. Prevé préstamos de hasta 50.000 euros, con un interés del 0% y devolución en diez años una vez terminada de pagar la hipoteca.
Otra modificación prolonga hasta el 31 de diciembre de 2030 la prohibición a los fondos de inversión señalados en el texto de comprar inmuebles más de un 70% por debajo de su tasación. La restricción incluye ahora expresamente a empresas grandes tenedoras, con excepciones para destinos como la vivienda social o asequible. Además, se crea un Fondo de Vivienda de Impacto Social con 400 millones de euros iniciales, cuyo funcionamiento deberá desarrollarse mediante un reglamento.
El texto también contempla trasladar inmuebles de la Seguridad Social a la empresa pública Casa 47 para alquiler asequible y establecer límites permanentes al precio de transmisión del parque público estatal. En las suspensiones de desahucios de personas vulnerables, la Administración asumirá, además de las rentas y suministros impagados, las costas procesales y los intereses de demora.
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