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Diario de Valdemoro

España

Una deducción estatal por alquiler de hasta 1.163 euros, pendiente de convalidación para el IRPF de 2026

El Real Decreto-ley 29/2026 recoge una deducción por alquiler de vivienda habitual de hasta 1.163 euros anuales, según informa OKDIARIO. La medida tendría efectos en el IRPF de 2026, que se declarará en 2027, y está pendiente de la aprobación de la Diputación Permanente.

Redacción automática · Diario de Valdemoro

Publicado aquí
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(OkDiario (vía Google News · BOE y Gobierno))
Imagen ilustrativa: Calculadora, llaves de una vivienda y documentos sin datos personales sobre una mesa.
Imagen ilustrativa generada con IA

La deducción figura en el Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, sobre protección de la función social de la vivienda y ampliación de la oferta de vivienda asequible. Según la información publicada por OKDIARIO el 16 de octubre, la norma ya ha aparecido en el Boletín Oficial del Estado, aunque su continuidad depende del trámite parlamentario pendiente.

La medida permitiría deducir el 10% de las cantidades pagadas durante el año por el alquiler de la vivienda habitual. El límite anual sobre el que se calcularía ese porcentaje sería de 11.630 euros, de modo que la deducción máxima alcanzaría los 1.163 euros. No se trata, por tanto, de una cantidad fija para todos los inquilinos: el importe dependería del alquiler abonado y del cumplimiento de los requisitos.

Uno de los límites se refiere a la base imponible del IRPF. La información publicada sitúa en 23.007,20 euros el umbral para acceder a la deducción completa y señala que el derecho no desaparecería totalmente por encima de esa cifra, hasta alcanzar los 33.007,20 euros. Quienes superasen este último importe quedarían fuera de la medida.

También se establece una condición relacionada con la propiedad de otras viviendas. Ni el inquilino ni ningún miembro de su unidad familiar podrían tener una vivienda en propiedad situada a menos de 50 kilómetros del inmueble alquilado. Este requisito se sumaría al carácter habitual de la vivienda por la que se solicita la deducción.

Al tratarse de una deducción estatal, podría compatibilizarse con las deducciones autonómicas por alquiler, siempre que se cumplieran los requisitos correspondientes. La medida afectaría así a los arrendatarios que reunieran las condiciones económicas y de vivienda previstas, sin sustituir necesariamente los beneficios fiscales de su comunidad autónoma.

Según OKDIARIO, el cambio se incorpora al artículo 68 de la Ley del IRPF y tendría aplicación en la declaración del ejercicio 2026, cuya campaña comenzaría en abril de 2027. El siguiente paso es la decisión de la Diputación Permanente sobre la norma, de la que depende su mantenimiento.

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